lunes, 15 de noviembre de 2010

Copyright ¿Qué pasa con los sistemas P2P?


          Las redes P2P o Peer to Peer, establecen su filosofía en que todos los usuarios deben compartir buscando con ello la disponibilidad de los contenidos. Una definición de este concepto es la proporcionada en A survey of Peer to Peer Content Distribution Technologies “Los sistemas P2P son sistemas distribuidos que consisten de nodos interconectados capaces de auto organizarse en topologías de red con el propósito de compartir recursos tales como contenido, ciclos de CPU, almacenamiento y ancho de banda, capaces de adaptarse a las fallas y acomodar poblaciones temporales de nodos mientras mantienen niveles de conectividad y desempeño aceptables, sin requerir de intermediación o apoyo de una autoridad o servidor centralizado”.

          Los sistemas P2P persiguen el objetivo de compartir todo tipo de recursos como archivos, audio, video, texto, tiempo de procesamiento, disco duro, entre muchos más. Claro está, el hecho de compartir tanto genera riesgos, pero ¿Por qué siempre pensar tan negativamente? ¿Por qué verlo desde el punto de vista ilegal? ¿Son los sistemas P2P ilegales o legales? la respuesta depende del cristal con que se mire…


   
          Se tiene la idea de que quienes los utilizan se dedican a piratear contenidos ¿Será esa la realidad o es sólo es un estereotipo de estos usuarios? ¿Quién dice la verdad, quienes los usan o quiénes no lo hacen? Como dice Alan Lazalde en su artículo “Tres ejemplos de que las redes P2P no implican piratería” en 2010 “Las redes P2D son una suerte de organismo vivo que nace, se desarrollo y adapta a su entorno tecnopolítico, pueden morir por culpa de vacunas legales para luego renacer con mutaciones que les fortalecerán ante las siguientes amenazas, son más que un solo un mar navegado por supuestos piratas”.

         La principal ventaja que proporcionan estas redes es el aprovechamiento del tiempo, anteriormente los usuarios requeríamos a los servidores principales la misma información, lo que provocaba un tráfico espantoso en la red, por ello estos sistemas presentan la característica de proporcionar rutas alternas en esta carretera, por así llamarla, para acceder a la misma información sin generar el caos y con respuestas satisfactorias. Como ejemplos de estos sistemas se encuentran algunos como: Ares, BitTorrent, CSpace, Direct Connect eDonkey2000: aMule, FastTrack: Kazaa, Freenet, Gnutella: Morpheus, Kad, Lime Wire, MANOLITO/MP2P, Napster, Usenet, Skype, LionShare, entre otros. 
 
          El hecho de que permitan compartir información e intercambiarla entre dos o más usuarios ha entrado en una gran controversia al incluir la temática de los derechos de autor (copyright) que tienen algunos de estos contenidos, se supone que la libertad de descargar música, videos, etc., irrumpe con esos derechos reservados. Todos los sistemas de esta naturaleza de anuncia similarmente “… es un programa de intercambio de archivos open source, muy fácil de utilizar y con un interfaz gráfico atractivo y potente. Con … podrás descargar películas, música, programas, juegos, etc. en muy poco tiempo, es posible descargar un mismo archivo desde varias fuentes a la vez (cuando varios usuarios comparten el mismo archivo), mejorando así la velocidad de descarga. También puedes parar las descargas y reanudarlas cuando quieras…”, con esa publicidad creo que todos querríamos utilizarlos de inmediato ¿o no? Haciendo un recorrido por algunos de ellos, encontramos que la gran mayoría tiene un apartado sobre cuestiones de privacidad o la llamada “Privacy Policy”, donde mencionan asuntos relacionados a estas políticas.

          Pero después del recorrido seguimos con la pregunta ¿Son los sistemas P2P ilegales o legales?... pues para muestra un botón, en España por ejemplo la situación legal sobre estos sistemas indica que “es legal descargar archivos audiovisuales dentro del marco de la legislación actual, aunque estén sujetos a derechos de autor, amparándose en el derecho de copia privada y siempre que no haya ánimo de lucro”. Entonces en la actualidad en España, su uso se encuentra “totalmente permitido” siempre y cuando no provoque fines de lucro y el uso de los contenidos sea individual y personal. “No hay sanciones para quien utilice las redes de pares porque son una herramienta más para compartir cualquier tipo de archivos”, sólo en casos que se haga un mal uso de la red, entonces si se producen consecuencias legales graves.

          Entonces es decisión de cada usuario, el utilizarlos o no, si algo es legal y satisface mis necesidades ¿Por qué no utilizarlo?, del otro lado, si mi ética no me lo permite, pues simplemente me reservo de hacerlo y respeto a quienes si los utilizan… Todo es cuestión de educación, los miembros de la sociedad necesitamos formarnos hacia el respeto a las tecnologías, a los demás usuarios y a sus creaciones…
 

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